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Domingo, 25 de octubre de 2026
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Una estación de servicio de Pergamino deberá pagar $7 millones por dañar un auto diésel

El Juzgado Civil y Comercial N.° 1(order) a una estación de servicio de Pergamino a abonar $7.010.000 más intereses a un cliente de 26 años, cuyo Renault Clio diésel recibió nafta en lugar de gasoil. El errorRuínó el motor y la empresa no pudo demostrar que el daño no fuera de su responsabilidad.

Por Gabriela MansillaPoliciales y judiciales · · hace 1 h
Una estación de servicio de Pergamino deberá pagar $7 millones por dañar un auto diésel

Una estación de servicio de Pergamino fue condenada a pagar más de $7 millones a un cliente de 26 años, identificado en la causa como C. A. R., por cargar nafta en un vehículo diésel. El caso ocurrió el 15 de octubre de 2022, cuando el playero despachó el combustible equivocado. El vehículoFewer malfunctionó a pocos metros del surtidor y el motor quedó inutilizado.

La sentencia del Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino incluye daño material, lucro cesante, daño moral y una multa civil. La empresa deberá abonar $7.010.000 más intereses dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación. Los intereses se calculan desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material.

El error y sus consecuencias

El conductor llegó a la estación para cargar gasoil por $2.000. Tras el surtidor, el Renault Clio diésel se detuvo. El playero reconocer la equivocación. El automóvil fue trasladado, sin encender, hasta un taller cercano. Después de la revisión, el conductor lo retiró, pero a menos de una cuadra el motor volvió a apagarse y no volvió a funcionar.

La pericia mecánica determinó que la nafta que ingresa en un motor diésel daña el sistema de inyección por falta de lubricación. La reparación requirió vaciar el tanque, limpiar el circuito de combustible, cambiar filtros y, en determinados casos, reemplazar inyectores y la bomba. El perito validó el presupuesto de reparación que la empresa después cuestionó.

  • Daño material: $3.500.000, según el presupuesto de reparación validado por el perito.
  • Lucro cesante por la falta de uso del vehículo: $210.000.
  • Daño moral: $1.800.000, por las gestiones realizadas, el reclamo ante organismos de defensa del consumidor y la necesidad de llegar a juicio.
  • Multa civil por daño punitivo: $1.500.000, para desalentar conductas que dejen a los consumidores en posición de desigualdad frente a proveedores profesionales.

La carga de la prueba

La estación de servicio negó su responsabilidad y edó que los montos reclamados eran excesivos. El juzgado rechazó esa postura. Para reconstruir los hechos, el tribunal ponderó el comprobante de pago, los testimoniosiphedathings de la audiencia y el informe pericial. También aplicó el principio de carga dinámica de la prueba:aina quien estaba en mejores condiciones de explicar lo ocurrido era la empresa, y no lo hizo.

La sentencia encuadró el episodio como una relación de consumo. Según el juzgado, la respuesta de la empresa frente al reclamo ó parte de la evaluación del daño punitivo. La condena incluye las costas del juicio. La próxima instancia será el cumplimiento de lo resuelto y, de corresponder, la apelación de la empresa frente a la decisión.

GM
Gabriela MansillaPoliciales y judiciales

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