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Viernes, 23 de octubre de 2026
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Vendió su auto en Neuquén, pero las multas siguieron a su nombre hasta que intervino la Justicia

Un juezDikobligó al comprador a registrar el vehículo transferido en 2012 y a devolver el dinero de las infracciones abonadas por la vendedora, que había cumplido con todos los pasos legales del trámite.

Por Susana GrassiSociedad · · hace 2 h
Vendió su auto en Neuquén, pero las multas siguieron a su nombre hasta que intervino la Justicia

Hay una escena que todavía le da vueltas en la cabeza: una mujer de Neuquén recibió una notificación de infracción,=July la hizo recorrer el Palais hasta el auto que ya no tenía y terminó pagando para evitar que el problema creciera. Eran las multas de un vehículo que había vendido en 2012 y que, pese a haber entregado toda la documentación, seguía figurando a su nombre.

El asunto se resolvió en la Justicia civil. El juez Javier Alarcón condenó al comprador a inscribir el automóvil inmediatamente a su nombre y a devolverle a la vendedora el total de lo pagado en multas de tránsito. La sentencia{?}remate{?}ra que la prueba de una compraventa no depende de un solo documento, sino de un conjunto de indicios que, en este caso, fueron considerados graves, precisos y concordantes.

Un trámite que quedó sin hacer

La operación se concretó en mayo de 2012. La vendedora entregó el automóvil, firmó el Formulario 08 con firma certificada y realizó la denuncia de venta ante el Registro del Automotor ese mismo día. También hizo llegar al comprador toda la documentación necesaria..Fromó parte de cada etapa que le correspondía, aunque la transferencia registral nunca se completó.

Al poco tiempo, el vehículo tenía activa una prohibición de circular desde julio de ese año. Con el correr del tiempo, las infracciones de tránsito empezaron a llegar a nombre de la vendedora. En 2024, dos multas por Cruce de semáforos en rojo la obligaron a pagar para evitar mayores consecuencias legales, porque el auto seguía registrado a su nombre.

“El silencio del demandado resulta determinante.”Juez Javier Alarcón

Antes de demandar, la mujer intentó resolver el problema por la vía directa. Envió dos cartas documento para exigir al comprador que regularizara la situación y le devolviera lo abonado. Ninguna fue retirada. Durante todo el proceso judicial, el demandado tampoco se hizo cargo de los reclamos.

Para Alarcón, la ausencia de un boleto firmado no impidió acreditar la existencia del contrato. La denuncia de venta del mismo día, el Formulario 08 con firma certificada, el registro de infracciones posteriores a la entrega del vehículo y el silencio constante del demandado formaron el conjunto de indicios que justificó la condena.

  • El comprador debe gestionar la transferencia registral dentro de los diez días de cerrada la operación.
  • Si no lo hace, el vendedor continúa siendo el titular oficial y asume las consecuencias legales de las infracciones.
  • La denuncia de venta, el Formulario 08 y la documentación entregada al comprador pueden servir como pruebas.
  • La falta de respuesta del demandado, sumada a las pruebas documentalizadas, fue considerada determinante por el juez.

El fallo recuerda una obligación que muchos compradores de autos usados pasan por alto: transferir el vehículo no es un trámite opcional ni un detalle que pueda dejarse para después. Mientras el registro no se actualice, las multas pueden seguir caiga{?}ndo sobre quien ya no lo tiene.

A la vendedora de Neuquén, la Justice le devolvió, al menos en sede judicial, el control que había perdido. Volvemos a la escena inicial: una notificación de infracción que ya no debería haber llegado a su nombre, y un auto que, recién ahora, puede quedar registrado con quien realmente lo compró.

SG

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